Por: Hernan Barrios Vega - Socio - HBV Legal Consulting (empresa afiliada a AmCham)
HBV LEGAL CONSULTING S.A.S. se permite compartir con ustedes el análisis efectuado al Decreto 637 del 6 de mayo de 2020, mediante el cual el Gobierno Nacional declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio Nacional que estará vigente por treinta (30) días calendario entre el 6 de mayo y hasta el 5 de junio de 2020.
Más allá de la declaratoria en si misma, importa para este análisis conocer en la justificación y las medidas que se anuncian el Gobierno adoptará mediante los decretos legislativos:
1. De manera general se busca contrarrestar los efectos económicos negativos de la pandemia del nuevo coronavirus Covid-19.
2. Los anterior se efectuará a través de medidas extraordinarias referidas a condonar o aliviar las obligaciones de diferente naturaleza como (i) tributarias; (ii) financieras; entre otras.
3. Se hace necesario establecer medidas relativas a la focalización de recursos y subsidios destinados a satisfacer las necesidades básicas de la población.
4. Que resulta necesario autorizar al Gobierno nacional realizar la entrega de transferencias monetarias adicionales y extraordinarias entre otras en favor de los beneficiarios de los programas Familias en Acción, Protección Social al Adulto Mayor -Colombia Mayor, Jóvenes en Acción
5. La compensación del impuesto sobre las ventas -IVA y la transferencia del Ingreso Solidario, con el fin de mitigar los efectos económicos y sociales causados a la población más vulnerable del país por la crisis de la Pandemia del nuevo coronavirus COVID-19;
6. Es necesario adoptar medidas para modificar el uso y destino de las contribuciones y transferencias derivados de los contratos en los sectores financieros, asegurador y bursátil y, en general, todas aquellas referidas a aliviar la situación financiera de la población.
7. Garantizar la continuidad de los servicios públicos.
8. Que se debe permitir al Gobierno nacional la adopción de medidas en aras de mantener y proteger el empleo, entre otras, el establecimiento de nuevos tumos de trabajo, la adopción de medidas que permitan contribuir al Estado en el financiamiento y pago de parte de las obligaciones laborales a cargo de los empleadores.
9. Que se fortalecerá y reorganizará el Fondo Nacional de Garantías (FNG), con el fin de garantizar la continuidad del acceso al crédito de las personas naturales o jurídicas;
10. Que se deben tomar medidas adicionales en materia tributaria para afrontar la crisis;
11. Contemplar mecanismos para enajenar la propiedad accionaria estatal garantizando la democratización de la propiedad con el propósito de, atender las necesidades de atención en i. Salud
ii. Los efectos adversos generados a la actividad productiva y
iii. La necesidad de que la economía continúe brindando condiciones que mantengan el empleo y el crecimiento.
12. Buscar mecanismos legales adicionales para:
i. Facilitar y agilizar los procesos de reorganización empresarial, que permitan la recuperación de las capacidades laborales, sociales, productivas y financieras de las empresas, y
ii. de liquidación judicial de las sociedades para retomar rápidamente los activos a la economía de manera ordenada, eficiente y económica.
13. Hacer más eficientes y sostenibles los mecanismos, costos y tarifas asociados a la prestación de los servicios públicos y a las actividades del sector minero -energético, así como establecer mecanismos de priorización, reducción, reestructuración y racionalización en trámites, procedimientos y procesos que permitan mitigar los impactos de la emergencia en relación con los servicios y proyectos asociados a dicho sector.
14. Proteger la salud del público en general y de los servidores públicos que los atienden mediante:
i. Expedir normas de orden legal que flexibilicen la obligación de atención personalizada al usuario se permita
ii. La suspensión de términos legales en las actuaciones administrativas y jurisdiccionales.
iii. Expedir disposiciones tendientes a generar eficiencia administrativa en el sector público.
15. Acudir al procedimiento de contratación directa siguiendo los principios de transparencia y legalidad cuando ello sea necesario para enfrentar la crisis y evitar la extensión de sus efectos.
16. Permitir a las entidades territoriales la posibilidad de mayores plazos para la aprobación de sus planes de desarrollo territorial, así como de efectuar una actualización y racionalización de los mismos una vez superada la pandemia;
17. Adoptar medidas y reglas especiales en relación con el Sistema General de Regalías.
18. propender por instrumentos legales que doten a las entidades territoriales de mecanismos efectivos para atender la emergencia y los efectos en el empleo· y las relaciones sociales que esto conlleva, permitiendo mayores líneas de acceso a crédito y endeudamiento;
19. Que con el fin de dar aplicación a las medidas adoptadas se debe autorizar al Gobierno nacional para efectuar las operaciones presupuestales que resulten necesarias;
Es claro que habrá que esperar a que el Gobierno Nacional emita los correspondientes Decretos Legislativos para conocer en detalle como se desarrollará cada uno de los objetivos de los sectores indicados.
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