Por: Hernan Barrios Vega - Socio - HBV Legal Consulting (empresa afiliada a AmCham)
HBV LEGAL CONSULTING S.A.S. se permite compartir las modificaciones de fechas para el cumplimiento de obligaciones tributarias establecidas en el Decreto 435 de 2020.
1. Se modifica el Artículo 1.6.1.13.2.11. del Decreto 1625 de 2016, en cuanto a las fechas para el pago de la primera cuota (50%) del impuesto de Renta de los Grandes Contribuyentes. Inicia el 21 de abril de 20202 (NIT terminado en 0) y termina el 5 de mayo de 2020 (NIT terminado en 1).
2. Se modifica el Artículo 1.6.1.13.2.11. del Decreto 1625 de 2016 en cuanto a las fechas para la presentación de la Declaración de Renta y el pago de la segunda cuota del impuesto de Renta de los Grandes Contribuyentes. Inicia el 21 de abril de 20202 (NIT terminado en 0) y termina el 5 de mayo de 2020 (NIT terminado en 1).
3. Se modifica el Artículo 1.6.1.13.2.12. del Decreto 1625 de 2016 correspondiente a la presentación de la declaración del Impuesto de Renta y pago de la primera cuota de. Inicia el 21 de abril de 20202 (NIT terminado en 96 -00) y termina el 19 de mayo de 2020 (NIT terminado en 01 - 05).
4.Se Modifica el calendario de plazos para la presentación de la declaración anual de activos en el exterior de los grandes contribuyentes y personas jurídicas de que trata el artículo 1.6.1.13.2.26. de la Sección 2 Capítulo 13 Título 1 Parte 6 Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.
i. Grandes Contribuyentes. - Inicia el 21 de abril de 20202 (NIT terminado en 0) y termina el 5 de mayo de 2020 (NIT terminado en 1).
ii. Personas Jurídicas. - Inicia el 21 de abril de 20202 (NIT terminado en 96 -00) y termina el 19 de mayo de 2020 (NIT terminado en 01 - 05).
5. Se Adiciona el parágrafo 8 al artículo 1.6.1.13.2.30. de la Sección 2 Capítulo 13 Título 1 Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria: Actividades económicas Códigos CIIU: 5611, 5613, 5619, 5630, 7911 y 7912 tendrán como plazo máximo para pagar la declaración del impuesto sobre las ventas -IVA del bimestre marzo - abril de 2020, hasta el treinta (30) de junio de 2020.
6. Se Adiciona el parágrafo 5 al artículo 1.6.1.13.2.31. de la Sección 2 Capítulo 13 Título 1 Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. Actividades económicas Códigos CIIU: 5611, 5613, 5619, 5630, 7911 y 7912 tendrán como plazo máximo para pagar la declaración del impuesto sobre las ventas -IVA del cuatrimestre enero - abril de 2020, hasta el treinta (30) de junio de 2020.
7. Se Adiciona el parágrafo 2 al artículo 1.6.1.13.2.32. de la 2 Capítulo 13 Título 1 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. Parágrafo 2. Los responsables del impuesto nacional al consumo Actividades económicas Códigos CIIU: 5611, 5613, 5619, 5630 tendrán como fecha para pagar la declaración del impuesto nacional al consumo del bimestre marzo - abril de 2020 hasta el treinta (30) de junio de 2020.
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